Modelo 130 vs Modelo 303: Diferencias y Cuándo se Presenta Cada Uno

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Todo autónomo nuevo se hace la misma pregunta el primer trimestre: «¿qué son el modelo 130 y el 303, y cuál me toca a mí?». Respuesta corta: el 303 es el IVA (dinero que nunca fue tuyo y devuelves a Hacienda) y el 130 es un adelanto de tu IRPF (un anticipo de tu declaración de la renta). Aquí van las diferencias, los plazos y los errores típicos.

Modelo 303 Modelo 130
Impuesto IVA IRPF (pago fraccionado)
Qué declaras IVA repercutido en tus facturas menos IVA soportado en tus gastos 20% del beneficio (ingresos − gastos) acumulado del año
Quién lo presenta Casi todos los autónomos con actividad sujeta a IVA Autónomos en estimación directa — con una excepción importante (abajo)
De quién es el dinero Nunca fue tuyo: lo cobraste por cuenta de Hacienda Es un anticipo de tu renta: se regulariza al año siguiente

La excepción del modelo 130 que casi nadie te cuenta

Si eres profesional (no empresario) y al menos el 70% de tu facturación del año anterior llevó retención de IRPF (esas facturas a empresas con el -15% o -7%), no estás obligado a presentar el 130: tus clientes ya adelantan el IRPF por ti con cada factura. Es el caso típico del freelance que trabaja solo para empresas españolas.

Plazos de presentación 2026

Trimestre Plazo (ambos modelos)
1T (enero-marzo) 1 al 20 de abril
2T (abril-junio) 1 al 20 de julio
3T (julio-septiembre) 1 al 20 de octubre
4T (octubre-diciembre) 1 al 30 de enero
Si quieres domiciliar el pago, el plazo real acaba unos 5 días antes (el día 15, o el 25 en enero). Presentar fuera de plazo sin requerimiento tiene recargos del 1% + 1% por mes de retraso; si te lo reclama Hacienda antes, la sanción es mayor.

El error nº1 del modelo 130: no es trimestral, es acumulativo

El 130 se calcula desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, restando lo ya pagado en trimestres anteriores. No se calcula con los números del trimestre suelto. Ejemplo: si en el 2T tu beneficio acumulado del año es 10.000 € y en el 1T pagaste 400 €, el 2T sale: 10.000 × 20% − 400 = 1.600 €. Calcularlo «por trimestres sueltos» es el error más repetido — y acaba en paralelas de Hacienda.

¿Y si me sale negativo o a cero?

  • 303 negativo (soportaste más IVA del que repercutiste): se compensa en los trimestres siguientes; solo puedes pedir la devolución en el 4T (enero).
  • 130 negativo o cero: se presenta igualmente (declaración «negativa»), pero Hacienda no te devuelve nada a mitad de año — el ajuste real llega con la declaración de la renta.
  • Sin actividad en el trimestre: también se presenta, a cero. No presentar «porque no facturé» genera sanción de 200 € por modelo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentarlos yo mismo? Sí, en la sede de la AEAT con certificado digital o Cl@ve. La mayoría de programas de facturación te precalculan ambos modelos con tus datos, que es donde de verdad está el ahorro de tiempo.

¿Qué gastos puedo restar en el 130? Los mismos que en tu renta: gastos afectos, justificados y registrados. La lista completa está en gastos deducibles 2026.

¿El IVA de cualquier gasto es deducible en el 303? Solo el de gastos afectos a la actividad y con factura completa (los tickets sin NIF no valen para el IVA).

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AB
Arturo Bobylyak · Creador de Claridad Fiscal
Emprendedor autodidacta. Escribo guías contrastadas con fuentes oficiales (AEAT, Seguridad Social, BOE) — datos verificados, cero humo. Conoce mi método →

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