El modelo 303 impone la primera vez: decenas de casillas para lo que, en el fondo, es una resta — el IVA que cobraste menos el IVA que pagaste. Esta guía te lleva por el formulario bloque a bloque, con los datos que debes tener preparados y los puntos donde Hacienda mira con lupa.
Antes de empezar: los 4 datos que necesitas
- Total de bases e IVA repercutido del trimestre, separado por tipo (21%, 10%, 4%) — tus facturas emitidas.
- Total de bases e IVA soportado deducible — tus facturas de gastos (solo las que cumplen los requisitos de deducibilidad).
- Compras intracomunitarias o importaciones, si las hay (van en casillas propias).
- Cuotas a compensar de trimestres anteriores, si tu 303 anterior salió negativo.
Si usas un programa de facturación, estos totales te los da hechos — el 90% del trabajo del 303 es tener los registros al día, no rellenar el formulario.
El formulario, bloque a bloque
1. Identificación y devengo
Tus datos, el ejercicio (2026) y el periodo (1T-4T). Marca las opciones especiales solo si te aplican (prorrata, criterio de caja…) — para la mayoría, todo a «no».
2. IVA devengado (lo que cobraste)
Para cada tipo de IVA: base imponible y cuota. La suma de cuotas es tu IVA repercutido total. Aquí van también, en sus casillas propias, las adquisiciones intracomunitarias (autoliquidación) y las modificaciones de bases (facturas rectificativas).
3. IVA deducible (lo que pagaste)
Separado por origen: operaciones interiores corrientes (tus gastos normales), bienes de inversión (equipos de importe alto), importaciones e intracomunitarias. Recuerda: solo con factura completa — los tickets sin tus datos fiscales no son deducibles en IVA.
4. Resultado
IVA devengado menos IVA deducible, menos cuotas a compensar de antes. La casilla final (la 71) dice la verdad del trimestre:
- Positivo: a ingresar (domiciliación o carta de pago NRC).
- Negativo: a compensar en próximos trimestres — solo en el 4T puedes pedir devolución.
- Cero / sin actividad: se presenta igualmente marcando la casilla correspondiente.
Cómo se presenta
- Sede electrónica de la AEAT → «Modelo 303» → identifícate con certificado digital o Cl@ve.
- Rellena (o importa el fichero que genera tu software) y valida.
- Si sale a pagar con domiciliación: presenta antes del día ~15 del mes de plazo (25 en enero). Con carta de pago: hasta el día 20 (30 en enero).
- Guarda el justificante de presentación (PDF con CSV) — es tu prueba.
Preguntas frecuentes
¿Y si me equivoqué en un 303 ya presentado? Si pagaste de menos: autoliquidación complementaria. Si pagaste de más: solicitud de rectificación. Cuanto antes lo corrijas tú, menor el coste.
¿El 303 y el 130 deben «cuadrar»? No exactamente — bases distintas y reglas distintas (lo explicamos en modelo 130 vs 303), pero incoherencias grandes entre ambos son un imán de comprobaciones.
¿Tengo que presentar también el resumen anual? Sí: el modelo 390 en enero resume todo el año (salvo exoneraciones concretas). Tu software lo genera con dos clics si los trimestres están bien.
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Modelo 130 vs 303: cuál te toca · Errores del modelo 130 · Qué gastos puedes deducir
Emprendedor autodidacta. Escribo guías contrastadas con fuentes oficiales (AEAT, Seguridad Social, BOE) — datos verificados, cero humo. Conoce mi método →